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CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA:
SEÑOR
NOTARIO
DE FE PUBLICA
Entre las escrituras a su cargo, tenga a bien
incorporar la presente de Constitución de SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA bajo las siguientes
cláusulas:
P R I M E R A.- (PARTES, CONSTITUCIÓN y DOMICILIO).- 1.1.-
Dirá usted que son partes integrantes de la Sociedad en su
calidad de socios:
1.1.1.- El señor _______________________, mayor de edad,
hábil por derecho, casado, Arquitecto, con C.I. No._________,
vecino de esta ciudad, con domicilio en calle Uruguay No.
_______ de esta ciudad.-
1.1.2.- El señor ___________________, mayor de edad, hábil por
derecho, soltero, Técnico Industrial, con C.I. No. __________,
vecino de esta ciudad, con domicilio en calle Junín No. ____
de ésta ciudad;
1.1.3.- El señor: ______________________, mayor de edad,
hábil por derecho, casado, Empleado, con C.I. No.
___________., vecino de esta ciudad, con domicilio en Av.
República No. __________, de ésta ciudad.-
1.2.- Las partes de mutuo acuerdo deciden constituir la
Sociedad de Responsabilidad Limitada que girará bajo la razón
social de _______________ " ____
LTDA.", con domicilio principal en calle
_____________, de esta ciudad de Cochabamba, pudiendo
establecer sucursales en cualquier ciudad o lugar del interior
o el exterior de la República .-
S E G U N D A.-(DURACIÓN).-
Se fija como duración
de la Sociedad el termino de _____ AÑOS, computables desde su
inscripción en FUNDEMPRESA, pudiendo prorrogarse por un
término similar o mayor y disolverse por causa y formas cual
lo describe el Código de Comercio.-
T E R C E R A.- (OBJETO).- El objeto de la Sociedad, será
principalmente
( Aquí especificar a que se
va a dedicar la Sociedad, lo que sigue es un ejemplo:) la
importación, Exportación, de productos de maderas y el
Comercio en general, pudiendo ampliar sus objetivos de acuerdo
a los intereses de la sociedad en lo correspondiente al giro
social, pudiendo intervenir en importaciones y exportaciones
para personas tanto naturales como jurídicas, sean estas
públicas o privadas, a nivel nacional e internacional,
pudiendo adquirir o manejar comercialmente la representación
de cualquier sociedad o empresa nacional o extranjera,
dedicada a cualquier actividad o genero de servicios o
actividades comerciales.-
C U A R T A .- (CAPITAL SOCIAL Y CUOTAS) El capital social
constituido es por Bs. 100.000, (CIEN MIL 00/100 BOLIVIANOS),
dividido en 100 cuotas de capital, con un valor de Bs. 1.000,
cada una, que corresponden a los socios de la siguiente
manera: ---------------
SOCIO
CUOTAS DE CAPITAL VALOR EN
BS.
PORCENTAJE
1.-________________________
40
40.000.-
40 %
2.-________________________
30
30.000.-
30 %
3.-________________________
30
30.000.-
30 %
TOTALES
100
100.000.-
100 %
Los aportes se encuentran totalmente pagados conforme
al Art. 199 del Código de Comercio, estando en consecuencia la
responsabilidad de cada uno de los socios limitada al monto de
sus aportes y cuotas de capital.- -
Q U I N T A .-
(AUMENTO O DISMINUCIÓN DEL CAPITAL SOCIAL)
El aumento o disminución del capital social requerirá
de la aprobación de los socios que representen mas del 50 %
del capital social.- -
S E X T A.-
(DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DE LOS
SOCIOS).-Los derechos y beneficios que se obtengan por los
socios serán proporcionales a las cuotas de capital que hayan
aportado a la Sociedad, de la misma forma su responsabilidad
está determinada en proporción a sus cuotas de capital.-
S E P T I M A.-
(REGISTRO DE SOCIOS).- La Sociedad tendrá dentro de su organización un libro
destinado al registro de socios que estará a cargo de la
Gerencia General en el que deberá inscribirse el nombre del
socio, su domicilio, el monto de sus aportes, sus cuotas de
capital, transferencia de cuotas de capital, embargo,
gravámenes, hipotecas y otros similares.- -
O C T A V A.-
(REPRESENTACIÓN y ADMINISTRACIÓN DE LA
SOCIEDAD).- La sociedad estará representada por un GERENTE GENERAL
y un SUB GERENTE.- La Gerencia General estará a cargo del
socio ________________________.- El Gerente General
tendrá la representación de la Sociedad, Judicial,
extrajudicialmente, contractual y administrativamente, ante
toda clase de personas naturales y jurídicas, individuales o
colectivas Publicas o privadas, autárquicas, autónomas,
nacionales, departamentales, provinciales del país y del
exterior, recibir y cursar correspondencia a nombre de la
Sociedad, abrir y cerrar cuentas Bancarias en Bancos
Nacionales y/o extranjeros, girar sobre ellos, retirar y hacer
imposiciones, pedir aperturas de Líneas de Crédito y Avance en
cuenta corriente, suscribir todo género de contratos atinentes
al giro social, firmando minutas, escrituras, pólizas y
documentos públicos y privados, contraer y otorgar créditos
con o sin garantías de bienes sociales y con o sin hipoteca
sobre los mismos, girar, aceptar, endosos, descontar y renovar
Letras de Cambio, cheques y demás documentos de Cambio
trayecticio, cobrar y percibir dineros y valores, comprar y
vender bienes en general a nombre de la sociedad, fijando
precios, plazos, intereses formas y condiciones de pago,
recibir y otorgar poderes generales y especiales para uno o muchos actos,
contratos y litigios pudiendo revocar en cualquier tiempo,
designar el personal de empleados y obreros, fijando sus
sueldos y salarios, funciones y atribuciones, pudiendo
removerlos promoverlos o deshauciarlos, demandar a nombre de
la Sociedad, contestar demandas y reconvenciones en cualquier
vía o instancia y con uso de todos los recursos ordinarios y
extraordinarios que reconozcan las legislaciones del o los
países en que el litigue, presentar toda clase de memoriales y
solicitudes, ofrecer pruebas, tachar, apelar, compulsar, decir
de nulidad en los recursos de casación en el fondo o en la forma y
directo de nulidad, interponer demandas de Habeas Corpus,
Amparo Constitucional, Amparo Administrativo, contencioso
tributarios, contencioso administrativo de
inconstitucionalidad, recursos contra impuestos ilegales y de
responsabilidad, designar peritos, depositario y liquidadores,
designar jueces y árbitros y suscribir escrituras de
capitulación arbitral, aprobar e impugnar excusas, prorrogar
y/o declinar jurisdicción y competencia, transar, desistir y
administrar desistimientos, sustituir en todo o en parte y
reasumir y en suma ejercitar cuanto actos y hechos jurídicos
sean necesario y conducentes al buen éxito del presente
mandato. En suma se le otorgan facultades plenas para realizar
toda actuación que se encuentre autorizada por el Código Civil
y el Código de Comercio sin restricción ni limitación alguna,
a cuyo efecto los socios otorgarán un poder Notariado,
Bastante y Suficiente a su favor con las facultades plenas
para su labor o gestión de Gerente General, debiendo
necesariamente para toda actuación el mismo contar con mas del
50 % de votos o autorización escrita o que conste en el libro
de actas de los socios y de la sociedad.- La SUB-GERENCIA,
estará encargada al socio ________________________, y ante la
ausencia del GERENTE GENERAL, asumirá las funciones de este
con todas sus facultades inherentes.- -
N O V E N A.-
(ASAMBLEA DE SOCIOS).- La asamblea de socios constituye el máximo organismo
de decisión de la sociedad, con todas sus atribuciones
contenidas en el Art. 204 del Código de Comercio y sus
decisiones deberán ser acatadas estrictamente por todas y cada
una de las Gerencias y Reparticiones de la Sociedad sin
objeción alguna.- -
D E C I M A.-
(ASAMBLEAS ORDINARIAS Y
EXTRAORDINARIAS).- Las asambleas ordinarias se realizaran cada SEIS MESES
a partir de la fecha de constitución de la Sociedad, debiendo
hacerse constar sus determinaciones y consideraciones en el
Libro de Actas que estará a cargo de la Gerencia General y las
Asambleas Extraordinarias se reunirán cuando menos una vez al
año al cierre de cada gestión, pudiendo la Sociedad a petición
de sus socios emplazar la reunión o asamblea ordinaria o
extraordinaria cuando vea conveniente y/o necesario.- Se
convocará a las asambleas con una anticipación de quince días
por intermedio de la Gerencia General, necesitándose para
hacer Quórum, la presencia en representación de mas del 50 %
de las cuotas de capital.- - -
D E C I M A P R I M E
R A.- (VOTOS DE LOS SOCIOS).- Todo socio tendrá
derecho de participar en las decisiones de la sociedad gozando
de un voto por cada cuota de capital que posea .- Para
cualquier resolución de disposición y de administración
en la Sociedad se requerirá de votos que representen mas
del 50 % de las cuotas de Capital. Se necesitará la
representación de dos tercios del capital para las
resoluciones que comprende el Art. 209 del Código de Comercio
ante la imposibilidad de concurrencia personal de los socios,
estos podrán ser representados por un representante legal,
mediante poder notariado.-
D E C I M A
S E G U N D A.- (ACTAS).- Las Resoluciones adoptadas por los
socios en la Asamblea serán asentadas en el Libro de Actas, el
mismo que será suscrito por los socios asistentes y estará a
cargo de la Gerencia General.- - - -
D E C I M A
T E R C E R A.-
(CONTROL).- Los socios tienen la facultad de supervisar,
supervigilar y controlar el movimiento general de la Sociedad,
sin perjudicar el normal desenvolvimiento de la Sociedad, esta
facultad no se extinguirá por el establecimiento de Control
Externo si se designa por la Asamblea de socios.-
D E C I M A C U
A R T A.-
(TRANSFERENCIA DE CUOTAS DE CAPITAL) Para
Transferir sus cuotas de capital el socio interesado hará
conocer de este hecho a los otros socios, quienes tendrán
preferencia en la adquisición de los mismos frente a
terceros.-
D E C I M A Q U I N T
A.-
(CONCENTRACIÓN DE CUOTAS DE CAPITAL).- La concentración de cuotas de
capital en un solo socio, motivara la inmediata disolución de
pleno.- Debiendo procederse a su liquidación conforme a
Ley.-
D E C I M A
S E X T A .-
(FALLECIMIENTO O INCAPACIDAD LEGAL DE LOS
SOCIOS).- En caso de fallecimiento, impedimento o incapacidad
sobreviniente de uno de los socios, los restantes continuaran
con el giro social, juntamente con los herederos forzosos o
legales o los representantes según el caso hasta la
culminación de la gestión anual.- Si los herederos manifiestan
sus deseos de retirarse o reclaman sus derechos o intereses en
la nueva gestión, se les devolverá o comprará sus cuotas y en
su caso se les reembolsará sus utilidades después de la ultima
gestión anual.- -
D E C I M A
S E P T I M A.- (BALANCE,
RESERVAS Y DIVIDENDOS).- El ejercicio económico de la sociedad comenzará el
primero de enero de cada año y concluirá el treinta y uno de
diciembre.- El Gerente General, estará obligado a presentar a
la Asamblea Ordinaria de Socios en plazo máximo de tres meses
a partir del cierre del ejercicio social, el balance
respectivo.- La sociedad deberá asignar en forma obligatoria,
de sus utilidades liquidas y efectivas anuales, el cinco por
ciento (5 %) como mínimo en calidad de reserva legal, hasta
alcanzar el cincuenta por ciento (50 %) del capital
pagado.-
D E C I M A
O C T A V A .- (DISOLUCIÓN DE SOCIEDAD).- La sociedad podrá
disolverse por las siguientes causales:
1o.) En caso de que todas las cuotas de capital se
concentren en un solo socio, el que responderá por
obligaciones sociales hasta la total liquidación de la
Sociedad.-----
2o.) Por acuerdo de los socios reunidos en la Asamblea
convocada expresamente a dicho efecto.-
3o) Por pérdida del cincuenta por
ciento (50 %) del capital social y reservas constituidas,
salvo que los socios que representen por lo menos dos tercios
del capital social resolvieran reponer dicha perdida.-
Resuelta la disolución de la Sociedad por las causales
establecidas precedentemente, se designara dentro de los días
subsiguientes uno o mas liquidadores de entre los socios o
personas ajenas con las correspondientes facultades expresas.-
D E C I M A
N O V E N A.- (ARBITRAJE).- En caso de diferencias que surjan
entre los socios con respecto a la interpretación o
aplicación
de la presente escritura, las partes se someterán a
conciliación y arbitraje de la Cámara de Comercio.-
V I G E S I M A.-
(CONFORMIDAD).- Las partes aceptan todas y cada una de las cláusulas
anteriores de su libre y espontánea voluntad, firmando al pie
en constancia.- Y usted señor Notario dígnese agregar las
demás cláusulas de seguridad y estilo.-
____________, __ de ________ de 2.___.-
Firmas.
Firmas.
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